Pasajeros con destino a Argentina



Actualización 26 de Agosto de 2022



Desde el 26 de agosto de 2022, las autoridades nacionales no exigen ninguna documentación especial relativa al Covid-19 para ingresar, egresar, desde o hacia Argentina.


Los demás requisitos migratorios o de turismo deben validarse directamente con la oficina consular.



Actualización 23 de Mayo de 2022



El gobierno de Argentina ha definido que los pasajeros mayores de 70 años quedan exentos de completar la Declaración Jurada de salud. 


Actualización 11 de Abril de 2022


El gobierno de Argentina ha actualizado sus reglas de ingreso a Argentina. 


  • Todos los pasajeros deben presentar la Declaración Jurada de salud obligatoria
  • Los turistas extranjeros deberán contar además con un seguro de salud con cobertura para Covid. 
  • Se eliminan los requisitos de prueba Covid o presentar certificado de vacunación previo al vuelo, sin embargo las autoridades sugieren el testeo voluntario al llegar al país. 



Actualización 27 de Enero de 2022


El gobierno de Argentina ha actualizado sus reglas de ingreso al país y desde el 29 de Enero de 2022 aplicará lo siguiente:


Todos los pasajeros necesitan presentar un test COVID negativo para ingresar al país. Los test válidos para ingresar son PCR realizado hasta 72 horas antes del vuelo o Antígenos realizado hasta 48 horas antes del vuelo. Se encuentran exentos de este requisito:


Los pasajeros argentinos y residentes en el país que cuenten con esquema completo de vacunación.

• Turistas provenientes de países limítrofes con una estancia de al menos 14 días y que cuenten con esquema completo de vacunación.

 Los menores de 6 años de edad.


Los visitantes no vacunados de cualquier país, sólo pueden viajar con permiso gestionado con la autoridad competente, deberán cumplir cuarentena y test COVID negativo para ingresar al país.


Importante: La declaración jurada de salud es un requisito obligatorio para todos y debe completarse durante las 48 horas previas al vuelo. 



Actualización 06 de Octubre de 2021


INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA PASAJEROS VIAJANDO HACIA/DESDE ARGENTINA:

Conforme a la Decisión Administrativa 951/21 se informa a continuación los requisitos exigidos para ingresar al país:

• Argentinos o Residentes de Argentina
• Nacionales y residentes de países limítrofes que hayan permanecido en el país de proveniencia (Chile, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay) durante los 14 días previos al ingreso a Argentina
• Extranjeros de todo origen a partir del 1 de noviembre 2021


Para poder ingresar al país deberán cumplir con los siguientes requisitos:

• Completar la declaración jurada (DDJJ) dentro de las 48hs previas al viaje y presentar al momento del check in, el comprobante que recibió en su mail al finalizar la declaración. Link: http://ddjj.migraciones.gob.ar/app/ 

• Demostrar mediante un certificado de vacunación, haber completado el esquema de vacunación por lo menos CATORCE (14) días antes de su ingreso al país.

Excepto:

- Argentinos o residentes de Argentina 

- Extranjeros que hubieran sido excepcionalmente autorizados por la Dirección nacional de Migraciones


Si dichas personas  no cumplieran con el esquema de vacunación completo podrán ingresar al país debiendo realizar una cuarentena obligatoria de 10 días desde que le fuera efectuada la prueba de PCR negativa y hacerse un PCR al día SIETE (7) de su llegada al país, cuyo resultado deberá ser negativo como condición de finalización del aislamiento obligatorio.

• Contar con un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por COVID-19 y no tenga exclusiones o limitaciones durante toda la estadía. Excepto: Argentinos o Residentes de Argentina

• Presentar constancia de  PCR con resultado negativo realizado con un máximo de SETENTA Y DOS (72) horas previas al embarque.

 Excepto: 

- Aquellas personas que hayan presentado COVID-19, en los 90 días previos al ingreso al país, confirmada por laboratorio, no necesitarán presentar la prueba PCR negativa, para su ingreso. A dicho efecto, deberán acreditar los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 y agregar el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico.

- Menores de 6 años

• Realizar un nuevo test para SARS-CoV-2 al arribo al país y otra entre el quinto y el  séptimo día del ingreso. El costo de ambas pruebas deberá ser asumido por la persona que ingresa al país.

 - Quienes resulten positivo en la prueba para SARS-CoV-2 al ingreso al país deberán realizar a continuación el test de PCR para su secuenciación genómica y deberán cumplir el aislamiento en los lugares previstos por las autoridades provinciales por el termino de 10 días o el que indique el protocolo provincial. La estadía será a cargo de la persona que ingresa al país.

 - De resultar positivo el test practicado al séptimo día de arribo al país, deberá el laboratorio interviniente arbitrar los recaudos para que la autoridad nacional competente secuencie genómicamente la muestra y la autoridad sanitaria local realice el inmediato rastreo de los contactos estrechos de ese viajero.

• Menores de edad que no hayan completado el esquema de vacunación, pero que se encuentren en compañía de adultos que - cumpliendo con tal condición - ingresen al país, podrán ingresar al territorio nacional debiendo realizar la   cuarentena obligatoria de 10 días desde que le fuera efectuada la prueba de PCR negativa y hacerse un PCR al día SIETE (7) de su llegada al país deberán, cuyo resultado deberá ser negativo como condición de finalización del aislamiento obligatorio.

Importante: aquellos personas que ingresen al país por el aeropuerto de Mendoza a efectos de evitar demoras y complicaciones al arribo a dicho aeropuerto, les sugerimos sigan las instrucciones recomendadas en el siguiente link


Extranjeros parientes directos de nacionales argentinos ó residentes en argentina (padres, hijos, hermanos, cónyuges o convivientes) que ingresen transitoriamente a nuestro país antes del 1 de Noviembre por razones de necesidad, y no requieran visado ó Extranjeros expresamente autorizados por la Dirección nacional de Migraciones para entrar al país (antes del 1 de Noviembre)


Los mismos deberán, además de cumplir con todos los requisitos mencionados en el apartado anterior:


• Acreditar ante la aerolínea: certificado de nacimiento, matrimonio o de convivencia debidamente legalizado y apostillado (*) que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino, copia del DNI argentino del familiar a quien visita y reserva de pasajes.
(*) En USA los documentos se deberán ser apostillados.


• Presentar al momento del ingreso al territorio nacional y ante el inspector migratorio, nota de solicitud donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso, lugar donde se hospedará el extranjero y toda otra información relevante que le sea requerida.


Actualización 06 de Agosto de 2021


El pasado 6 de agosto 2021, se emitió un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU 793/21), el cual habilita nuevamente el ingreso a Argentina de Pasajeros por reunificación Familiar, permitiendo únicamente el ingreso de Argentinos y/o residentes en Argentina y pasajeros familiares directos de ciudadanos argentinos.


Hora de presentación al Aeropuerto. 


Vuelos desde BUENOS AIRES:


Hora de presentación: 4 horas antes de la salida del vuelo

             • EZEIZA: Terminal C

            •  AEROPARQUE: Terminal A Mostradores del 46 al 65


Vuelos hacia BUENOS AIRES:


Hora de presentación: 3 horas antes de la salida del vuelo



Pasajeros Ingresando a Argentina


Conforme a la Decisión Administrativa 793/21 se informa a continuación los requisitos exigidos para ingresar al país:

Argentinos y/o residentes en Argentina:

• Completar la DDJJ http://ddjj.migraciones.gob.ar/app/ dentro de las 48hs previas al viaje y presentar al momento del check in, el comprobante que recibió en su mail al finalizar la declaración y 

• Presentar constancia de  PCR con resultado negativo realizado con un máximo de SETENTA Y DOS (72) horas previas al embarque. Salvo:  
- Aquellas personas que hayan presentado COVID-19, en los 90 días previos al ingreso al país, confirmada por laboratorio, no necesitarán presentar la prueba PCR negativa, para su ingreso. A dicho efecto, deberán acreditar los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 y agregar el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico.
          - Menores de 6 años

• Realizar cuarentena obligatoria de 10 días desde que le fuera efectuada la prueba de PCR negativa. Quienes regresen del exterior entre el 1° de julio y el 31 de agosto, están obligados a realizar la cuarentena  en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la CABA.

• Realizar un nuevo test para SARS-CoV-2 al arribo al país y otra al séptimo día del ingreso como condición de finalización del aislamiento obligatorio. El costo de ambas pruebas deberá ser asumido por la persona que ingresa al país.
- Quienes resulten positivo en la prueba para SARS-CoV-2 al ingreso al país deberán realizar a continuación el test de PCR para su secuenciación genómica y deberán cumplir el aislamiento en los lugares dispuestos por las autoridades nacionales. La estadía será a cargo de la persona que ingresa al país.
- Quienes resulten negativo en la prueba realizada al arribo, deberán cumplir con el aislamiento obligatorio en los respectivos domicilios denunciados en su declaración jurada. Aquellos que arriben hasta el 31 de Agosto están obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la CABA, durante 10 días, contados desde el testeo realizado en el país de origen.
 - De resultar positivo el test practicado al séptimo día de arribo al país, deberá el laboratorio interviniente arbitrar los recaudos para que la autoridad nacional competente secuencie genómicamente la muestra y la autoridad sanitaria local realice el inmediato rastreo de los contactos estrechos de ese viajero.


Extranjeros ingresando a Argentina:


Se habilita el ingreso al territorio nacional de los extranjeros no residentes que sean parientes directos de nacionales argentinos ó residentes en argentina (padres, hijos, hermanos, cónyuges o convivientes), y que ingresen transitoriamente a nuestro país por razones de necesidad, y no requieran visado. Los mismos deberán:

• Completar la DDJJ http://ddjj.migraciones.gob.ar/app/ dentro de las 48hs previas al viaje y presentar al momento del check in, el comprobante que recibió en su mail al finalizar la declaración y
• Presentar constancia de PCR con resultado negativo realizado con un máximo de SETENTA Y DOS (72) horas previas al embarque. Salvo:
- Aquellas personas que hayan presentado COVID-19, en los 90 días previos al ingreso al país, confirmada por laboratorio, no necesitarán presentar la prueba PCR negativa, para su ingreso. A dicho efecto, deberán acreditar los resultados de las pruebas diagnósticas para SARS-CoV-2 y agregar el alta médica luego de haber pasado más de diez días del diagnóstico.
- Menores de 6 años
• Realizar cuarentena obligatoria de 10 días desde que le fuera efectuada la prueba de PCR negativa. Quienes arriben hasta el  el 31 de agosto, estarán obligados a realizar la cuarentena  en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la CABA y

• Realizar un nuevo test para SARS-CoV-2 al arribo al país y otra al séptimo día del ingreso como condición de finalización del aislamiento obligatorio. El costo de ambas pruebas deberá ser asumido por la persona que ingresa al país.
- Quienes resulten positivo en la prueba para SARS-CoV-2 al ingreso al país deberán realizar a continuación el test de PCR para su secuenciación genómica y deberán cumplir el aislamiento en los lugares dispuestos por las autoridades nacionales. La estadía será a cargo de la persona que ingresa al país.
- Quienes resulten negativo en la prueba realizada al arribo, deberán cumplir con el aislamiento obligatorio en los respectivos domicilios denunciados en su declaración jurada. Aquellos que regresen del exterior entre el 1° de julio y el 31 de agosto, están obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la CABA, durante 10 días, contados desde el testeo realizado en el país de origen.
 - De resultar positivo el test practicado al séptimo día de arribo al país, deberá el laboratorio interviniente arbitrar los recaudos para que la autoridad nacional competente secuencie genómicamente la muestra y la autoridad sanitaria local realice el inmediato rastreo de los contactos estrechos de ese viajero.

• Contar con un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por COVID-19 y no tenga exclusiones o limitaciones durante toda la estadía  y

• Acreditar ante la aerolínea: certificado de nacimiento, matrimonio o de convivencia debidamente legalizado y/o apostillado (*) que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino, copia del DNI argentino del familiar a quien visita y reserva de pasajes
(*)  En USA los documentos se deberán ser apostillados. 

• Presentar al momento del ingreso al territorio nacional y ante el inspector migratorio, nota de solicitud donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso, lugar donde se hospedará el extranjero y toda otra información relevante que le sea requerida.


Pasajeros egresando de Argentina


Por disposición 3025/2020 de la Dirección Nacional de Migraciones todo pasajero que ingrese o egrese desde/hacia Argentina, deberá cumplir con los siguientes requisitos, dentro de las 48 hs previas al viaje:

• Completar de forma electrónica una declaración jurada ingresando al siguiente link http://ddjj.migraciones.gob.ar/app/

• Presentar al momento del Check in, el comprobante que recibió en su mail al finalizar la declaración.



Importante: 


Debido a las constantes actualizaciones en las restricciones de ingreso estipuladas por cada país, le recomendamos validar con la Embajada o Consulado correspondiente la documentación necesaria. Recuerde que cumplir con la documentación, los protocolos y los requerimientos exigidos por las autoridades gubernamentales son requisitos necesarios e indispensables para embarcar los vuelos. 


Así mismo debe tramitar el certificado habilitante de movilidad ("Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19"). Este deberá gestionarse antes de la salida del vuelo desde la aplicación "Cuidar" o desde el siguiente link https://www.argentina.gob.ar/circular/tramite y tener una  copia de la reserva o ticket


Más información: https://www.argentina.gob.ar/circular


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