Si tu vuelo tiene como destino España, recuerda la obligatoriedad de presentar el Formulario de Control Sanitario a la llegada, donde se incluirá la declaración de disponer de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa para SARSCoV-2 con resultado negativo realizada en las 62 horas previas a la llegada a los que proceden de países/zonas de riesgo. Consulta el listado aquí.
A continuación te compartimos los principales puntos de la Resolución de 11 de noviembre de 2020, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.
- Todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima deberán someterse a un control sanitario antes de su entrada en el país. Dichos controles podrán incluir la toma de temperatura, un control documental y un control visual sobre el estado del pasajero. Lo dispuesto en el párrafo anterior será de aplicación a los pasajeros internacionales cuyo destino final sea España y no a aquellos pasajeros internacionales en tránsito en un puerto o aeropuerto español con destino final a otro país.
- Los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima deberán someterse a un control de temperatura, el cual se realizará de modo rutinario con el fin de identificar viajeros con fiebre. Se establece como límite de detección una temperatura igual o superior a 37,5 ºC.
- En lo que se refiere al control documental, todos los pasajeros con origen en cualquier aeropuerto o puerto situado fuera de España deberán complementar, antes de la salida, un formulario de salud pública denominado «Formulario de Control Sanitario», a través de la web www.spth.gob.es, o de la aplicación Spain Travel Health-SpTH.
- Todo pasajero procedente de un país o zona de riesgo, que pretenda entrar en España, deberá disponer de una Prueba Diagnóstica de Infección Activa (en adelante PDIA) para SARS-CoV-2 con resultado negativo, realizada en las 62 horas previas a la llegada a España.
- Las compañías aéreas podrán comprobar con anterioridad al embarque que los pasajeros con destino España disponen del código QR generado a través de la web www.spth.gob.es, o de la aplicación Spain Travel Health-SpTH.
- Los pasajeros con una temperatura superior a 37,5 ºC y aquellos sobre los que existen sospechas de COVID-19 u otra patología transmisible deberán someterse a una evaluación sanitaria, que incluirá la valoración de su estado clínico y epidemiológico. Si tras la evaluación sanitaria se confirma la sospecha se activarán los protocolos de alerta sanitaria establecidos en coordinación con las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas. Para ello la autoridad sanitaria podrá solicitar la colaboración de otros órganos administrativos, de personal funcionario público o de otras instituciones.
Consulta el listado de países o zonas de riesgo en la página web del Ministerio de Sanidad: https://www.mscbs.gob.es/ y en la web SpTH: https://www.spth.gob.es.
Importante:
Recuerde diligenciar los siguientes formularios al momento de llegar al aeropuerto para tomar su vuelo.
Formulario Check Mig: https://apps.migracioncolombia.gov.co/pre-registro/public/preregistro.jsf
Formulario SPTH: https://www.spth.gob.es/
Para más información consulta la pagina web del consulado de España: http://www.exteriores.gob.es/Consulados/BOGOTA/es/Paginas/inicio.aspx
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