En aplicación del decreto 575 de 2020, fue modificado el artículo 468-3 del Estatuto Tributario, el cual reduce el impuesto de valor agregado (IVA) para el transporte aéreo de pasajeros, pasando del 19% al 5%, hasta el 31 de diciembre de 2021.
No obstante lo anterior con la entrada en vigencia de la Ley 2068 de 31 de diciembre de 2020, la cual modifica la Ley General del turismo, esta reducción de IVA estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022. Lo anterior como una medida favorable para la reactivación del transporte aéreo.
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